El Senado convirtió en ley la Inocencia Fiscal y redefine el control tributario



La nueva norma modifica el vínculo entre el Estado y los contribuyentes, limita la persecución penal en casos de menor cuantía y genera expectativas sobre la formalización de los llamados dólares del colchón.



En el marco del debate por el Presupuesto 2026, el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las reformas tributarias impulsadas por el Gobierno nacional. La iniciativa fue aprobada por 43 votos a favor y 26 en contra, con el acompañamiento de bloques provinciales, sectores de la UCR, el PRO y algunos legisladores peronistas, mientras que el resto del justicialismo votó en contra.

La sanción se dio tras una extensa sesión en la Cámara alta y formó parte del paquete de medidas con las que el oficialismo logró cerrar el período legislativo extraordinario. Tres senadores peronistas estuvieron ausentes al momento de la votación, aunque la oposición no logró reunir los votos necesarios para frenar la iniciativa ante el respaldo mayoritario del resto de los bloques.

La ley introduce cambios de fondo en la relación entre el fisco y los contribuyentes, con impacto directo en los mecanismos de fiscalización, el régimen penal tributario y el tratamiento de activos no declarados. Si bien no establece formalmente un blanqueo de capitales, redefine los criterios de control y sanción, lo que podría facilitar la incorporación a la economía formal de ahorros mantenidos fuera del sistema.

Uno de los ejes centrales de la reforma es la actualización de los montos a partir de los cuales una infracción tributaria pasa del ámbito administrativo al penal. Los nuevos umbrales, que no se modificaban desde 2017, se elevan de manera significativa y contemplan cifras mucho más altas para considerar delitos de evasión simple o agravada. De este modo, se busca adecuar el régimen a la inflación acumulada y reducir la judicialización de faltas menores.

La norma también establece que los contribuyentes serán considerados cumplidores salvo que exista prueba en contrario, limitando la posibilidad de que el Estado presuma automáticamente una conducta evasiva. Además, se habilita la posibilidad de evitar una denuncia penal si la deuda y los intereses son cancelados antes de que el organismo fiscal avance judicialmente, aunque este beneficio solo podrá utilizarse una vez por contribuyente.

Otro aspecto relevante es la modificación de los plazos de prescripción. En determinados casos, si prescriben las facultades del fisco para determinar o exigir un tributo, también se extingue la acción penal correspondiente. Al mismo tiempo, se reducen los plazos de prescripción para contribuyentes cumplidores y se elimina la suspensión automática de esos plazos cuando se inicia una fiscalización.

La ley crea, además, un régimen voluntario de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas cuyos ingresos y patrimonio se mantengan dentro de ciertos límites. En este esquema, la autoridad fiscal elabora la declaración en base a información disponible y, si el contribuyente paga en término, queda liberado de otras obligaciones formales, salvo que se detecten errores graves.

En materia de sanciones, se introducen reducciones significativas de multas administrativas para personas humanas y pequeñas y medianas empresas, y se prevé una actualización anual de los montos del régimen penal tributario a partir de 2027, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad y transparencia.

Desde el Gobierno destacaron que la Inocencia Fiscal apunta a ordenar el sistema tributario, reducir la discrecionalidad y fomentar el cumplimiento voluntario. Para la oposición, en cambio, la norma podría derivar en un blanqueo encubierto y una menor capacidad de control del Estado sobre grandes patrimonios no declarados.

Redacción Infolar y Digital Norte