Casación reabrió la causa por la represión a jubilados frente al Congreso
La Cámara Federal de Casación Penal anuló el cierre de la causa que investigaba la represión policial contra jubilados durante una protesta frente al Congreso. El tribunal ordenó profundizar la investigación, identificar responsables y avanzar sobre la cadena de mando del operativo.
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió reabrir la causa por la represión a jubilados ocurrida frente al Congreso Nacional y ordenó retomar la investigación sobre el accionar de las fuerzas de seguridad durante la manifestación.
La decisión judicial anuló el archivo del expediente y marcó un giro en el proceso, al considerar que el cierre había sido “arbitrario y prematuro”. Además, el fallo dispuso avanzar con nuevas medidas de prueba para determinar responsabilidades penales por las lesiones sufridas por el jubilado Egidio Contreras, de 75 años.
El caso se originó a partir de una denuncia impulsada por el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel junto a la abogada María del Carmen Verdú. Según la investigación, Contreras sufrió una fractura de húmero tras ser empujado por efectivos policiales durante una protesta de jubilados frente al Congreso.
Los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma cuestionaron duramente la actuación judicial previa y señalaron que no se avanzó sobre puntos fundamentales de la causa. Entre las irregularidades mencionaron la falta de peritajes médicos, la ausencia de identificación de los agentes involucrados y la inexistencia de una reconstrucción de la cadena de mando del operativo policial.
El tribunal también criticó el accionar del fiscal Eduardo Taiano, al considerar que descartó la existencia de delito sin haber agotado las medidas investigativas necesarias. Según Casación, esa decisión implicó una “denegación de justicia” y favoreció la impunidad en un caso vinculado a violencia estatal.
En la resolución, además, se dispuso el apartamiento de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, quienes habían avalado el archivo del expediente.
Uno de los puntos más contundentes del fallo estuvo relacionado con el uso de la fuerza durante manifestaciones públicas. Slokar advirtió sobre la existencia de un “paradigma beligerante de combate” en operativos contra manifestantes y sostuvo que ese criterio contradice estándares constitucionales y democráticos.
La Cámara remarcó que el derecho a la protesta pacífica se encuentra protegido tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales de derechos humanos. En ese sentido, citó estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que obligan a los Estados a investigar hechos de violencia institucional contra manifestantes.
Entre las medidas ordenadas por la Justicia se incluyen nuevas declaraciones testimoniales, pericias médicas y el análisis de imágenes registradas durante la protesta, donde se observa un amplio despliegue policial frente a manifestantes sin resistencia.
Además, la resolución dejó abierta la revisión del protocolo anti piquetes utilizado durante el operativo, cuya legalidad también es analizada en otras causas judiciales.
