Catamarca fijó el receso administrativo del 22 de diciembre al 31 de enero



La administración pública Catamarqueña entrará en receso a partir del 22 de diciembre, medida que se extenderá hasta el 31 de enero de 2026 e incluirá guardias mínimas y excepciones en áreas esenciales.



El Gobierno de Catamarca oficializó mediante decreto el receso administrativo que abarcará a toda la Administración Pública Provincial, tanto en el área central como en los organismos descentralizados. La medida regirá desde el 22 de diciembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 y establece que los días comprendidos en ese período serán considerados inhábiles para el cómputo de plazos procesales, aunque mantendrán plena validez los actos administrativos y los vencimientos vinculados a declaraciones juradas y pagos ante ARCAT.

Durante el receso se otorgará la Licencia Anual Ordinaria 2025 al personal estatal, de acuerdo con la normativa vigente. Sin embargo, se dispuso que algunas áreas funcionen con guardias mínimas y que determinados trabajadores puedan ver suspendido temporalmente su período de descanso, según lo determine la autoridad de cada organismo. Entre las áreas exceptuadas se encuentran los ministerios de Hacienda y Obra Pública; Agua, Energía y Medio Ambiente; y Vivienda y Urbanización, especialmente en los sectores encargados de garantizar servicios esenciales, mantenimiento y obras públicas.

Los agentes que cuentan con 35 días de licencia iniciarán su período de descanso el 29 de diciembre, mientras que quienes tengan días acumulados deberán utilizar en primer término la licencia más antigua desde el 22 de diciembre. Asimismo, los organismos vinculados a Seguridad, Defensa Civil, Salud y otros servicios críticos continuarán aplicando el esquema de guardias previsto en la reglamentación correspondiente.

El personal docente se regirá por el calendario escolar fijado por el Ministerio de Educación y los agentes que ingresaron o reingresaron a la administración podrán acceder a la licencia anual si completan al menos seis meses de servicio efectivo antes del 31 de diciembre. En cuanto a los beneficiarios de becas y programas de empleo, no deberán concurrir a sus lugares de prestación durante el receso, quedando a criterio de cada organismo la definición de los días correspondientes para cada beneficiario.

El decreto también instruye que los organismos mantengan su carga horaria habitual y no adopten horarios reducidos durante el período de receso, garantizando así la continuidad de los procedimientos administrativos esenciales.

Redacción Infolar y Digital Norte