La reforma laboral artículo por artículo pasará a debatirse en Diputados

 



La iniciativa con media sanción introduce cambios en negociación colectiva, jornada laboral, indemnizaciones, registración del empleo y estatutos profesionales.



El Senado de la Nación aprobó la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional con modificaciones sobre 58 artículos del régimen vigente, estableciendo un nuevo marco para las relaciones laborales que ahora deberá ser analizado por la Cámara de Diputados.

El texto redefine el sistema de negociación colectiva al disponer que los convenios celebrados en el ámbito de la empresa podrán prevalecer sobre los acuerdos sectoriales, regionales o nacionales, siempre dentro de la actividad correspondiente. Se mantiene el principio de interpretación más favorable al trabajador y el carácter de orden público de los derechos laborales básicos.

La reforma elimina la ultraactividad automática e indefinida de los convenios colectivos. A partir de ahora, los acuerdos perderán vigencia al vencer el plazo pactado, salvo que las partes acuerden expresamente su prórroga. En ese escenario, regirán las condiciones del nuevo convenio o, en su defecto, las normas generales aplicables.

En relación con la jornada laboral, se incorpora el sistema de banco de horas, que permite distribuir el tiempo de trabajo de manera flexible dentro de un período determinado, compensando excesos con jornadas reducidas sin generar automáticamente el pago de horas extras, siempre que se respeten los límites legales y lo acordado en paritarias.

El proyecto introduce el concepto de salario dinámico, que habilita esquemas de remuneración variables vinculados a productividad, rendimiento o resultados. Esta modalidad se aplicará como complemento del salario básico y de los pisos salariales fijados en los convenios colectivos.

En materia de vacaciones, la reforma permite el fraccionamiento del período de descanso anual conforme a lo que establezcan los convenios o los acuerdos entre empleador y trabajador, manteniendo el derecho al descanso pero flexibilizando su forma de otorgamiento.

El régimen indemnizatorio conserva la compensación equivalente a un salario por año trabajado en casos de despido sin causa. Al mismo tiempo, se crea el Fondo de Asistencia Laboral como mecanismo de previsión destinado a cubrir contingencias e indemnizaciones, sin reemplazar el derecho del trabajador a percibir la compensación correspondiente.

El texto establece criterios más precisos para la determinación de montos en los juicios laborales con el objetivo de otorgar mayor previsibilidad y reducir la discrecionalidad en la aplicación de multas y sanciones, sin limitar el acceso a la vía judicial.

La reforma crea un sistema de registración laboral unificado y digital bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, centralizando la información del empleo registrado y modificando el esquema de fiscalización que hasta ahora era concurrente entre Nación y provincias.

En cuanto a los estatutos profesionales, se dispone la derogación de los regímenes sectoriales anteriores a la Ley de Contrato de Trabajo con una entrada en vigencia diferida. Estos serán reemplazados por el régimen general laboral y por nuevos convenios colectivos que deberán celebrarse en un plazo determinado.

La cuota sindical pasa a ser voluntaria y requerirá autorización expresa del trabajador, mientras que se mantiene el financiamiento de las obras sociales sindicales sin modificaciones en los aportes destinados a la cobertura de salud.

El proyecto incorpora disposiciones sobre trabajo en plataformas digitales, reconociendo esta modalidad y habilitando su regulación mediante convenios colectivos específicos, sin establecer un encuadre único obligatorio.

También se incluyen principios vinculados a las tareas de cuidado y a las licencias parentales y familiares, que podrán ampliarse a través de acuerdos colectivos y normas complementarias.

Con la media sanción del Senado, la reforma laboral avanza hacia la Cámara de Diputados, donde se abrirá una nueva etapa de debate y se definirá su aprobación definitiva o la introducción de cambios en el texto.